La OMI publica una circular en la que confirma los informes de 2024 sobre las cargas de SNP sujetas a contribución

Posted: 10/10/2025

El Secretario General de la Organización Marítima Internacional (OMI) ha publicado una circular en la que confirma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 2) a) ii) del Protocolo SNP de 2010, que ha recibido los informes sobre la carga sujeta a contribución de 2024 de los ocho Estados Contratantes del Protocolo.

Canadá, Dinamarca, Eslovaquia, Estonia, Francia, Noruega, Sudáfrica y Turquía notificaron una cantidad total de 22 153 250 toneladas de carga sujeta al pago de contribución a la cuenta general en 2024. Una de las condiciones para la entrada en vigor del Convenio SNP de 2010 es que el volumen de la carga sujeta al pago de contribución a la cuenta general exceda los 40 millones de toneladas.

En la circular HNS.2/Circ.15, disponible aquí, se especifican los detalles de las cantidades totales de carga sujeta a contribución recibidas durante 2024 en lo que respecta a la cuenta general y a cada cuenta por separado.

En una novedad relacionada con lo anterior, a principios de este año se lanzó y publicó una nueva versión del Buscador SNP, la base de datos en línea que recoge una lista de las sustancias comprendidos en el ámbito de aplicación del Convenio SNP de 2010, incluidas las cargas sujetas a contribución. Diseñado para ayudar a las entidades a identificar las cargas que han de ser declaradas, el Buscador ha sido mantenido anualmente por la Secretaría de los FIDAC desde 2011. La edición más reciente (versión 15) cubre la notificación de 2024. El Buscador incluye un archivo de versiones anteriores, ofrece una interfaz de búsqueda de todas las sustancias vigentes durante el año en curso y asiste a los Estados y al sector petrolero en el cumplimiento del plazo anual para la presentación de informes establecido por la OMI (31 de mayo).

Como herramienta clave para los Estados Contratantes y aquellos que están preparando su adhesión al Convenio SNP, el Buscador, junto con el apoyo de la Secretaría y la colaboración con la OMI, ha contribuido a asegurar que los requisitos prácticos, en particular los relacionados con la notificación, ya no constituyan un obstáculo para la entrada en vigor del Convenio. Para ayuda en materia de notificación o implantación, sírvase ponerse en contacto en [email protected]